Comunicadores del Sur

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Caba: Concentración y Cese de Actividades de Docentes Precarizados

 

Caba:Concentración y Cese de Actividades de Docentes Precarizados

18.11.2009

 

Hora: 11:30

 

Lugar: Ministerio de Educación, Paseo  Colón 255.

 

Motivo: Por el pase a planta permanente, la normalización y estabilidad laboral.

 

Reseña: Exigimos la urgente firma del decreto de continuidad de todos los docentes contratados en sus diversas modalidades, hasta tanto se normalice su estabilidad laboral definitiva mediante la titularización correspondiente. Reclamamos la reincorporación de tod@s l@s despedid@s. Fortalecimiento de los programa de inclusión social aumentando los presupuestos correspondientes. Basta de precarización laboral. Titularización ya.

Los policías de Macri

 

Los policías de Macri

16.11.2009

 

Se fue el “Fino” Palacios pero quedan otros muy “gruesos”. Ex comisarios, acusados de participar en los crímenes de la dictadura militar, en casos de corrupción y en la sangrienta represión de diciembre de 2001, ocupan puestos claves en la Policía Metropolitana. Otros son asesores de legisladores del PRO. Por si fuera poco, el macrismo también contrató carapintadas.

La movilización popular forzó a Macri a dar marcha atrás con la designación de Jorge “Fino” Palacios como jefe de la futura Policía Metropolitana, pero muchos ex uniformados afines ideológicamente al comisario retirado pululan como asesores en varios despachos del Gobierno porteño y de la Legislatura, lo cual habla bien a las claras que el PRO no ha dejado de lado su intención de contar con una fuerza de seguridad que privilegiará la represión sobre la prevención.
Ya lanzado a crear “su” Policía Metropolitana, el jefe de Gobierno autorizó por decreto a incorporar militares para tareas de “inteligencia”, lo cual vulnera expresas disposiciones de la Ley Nacional de Seguridad Interior, vetó la norma sancionada por la Legislatura para la creación de un Comité de Seguimiento y Control de la actuación de esa fuerza y decidió no requerir a los futuros oficiales y agentes porteños el título secundario, requisito exigido en la ley 2.894.
Palacios fue forzado a renunciar por la presión popular, pero dejó a varios de sus colegas de la Policía Federal en puestos claves, toda una progenie “educada” en la dictadura militar por Alejandro Arias Duval, un oficial superior del Ejército que desarrolló toda su carrera militar en destacamentos de inteligencia y que por su edad (80 años) cumple desde 2006 prisión domiciliaria a la espera de ser juzgado por 101 casos de “privación ilegal de la libertad seguida de tormentos”.
Algunos de los amigos del “Fino” que integrarán la plana mayor de la Policía Metropolitana son:
* comisario general retirado Norberto Ramis, nombrado por Macri titular del instituto de formación de agentes y oficiales de la Policía Metropolitana. Durante la dictadura militar desempeñó tareas de inteligencia en la Dirección de Delegaciones de la Policía Federal, organismo que tenía como principal misión la elaboración de informes sobre dirigentes políticos, gremiales y estudiantiles;
* comisario mayor retirado Osvaldo Chamorro, designado en la Dirección Administrativa de la Policía Metropolitana. Abogado, ocupó varios cargos superiores en la Policía Federal durante la dictadura militar;
* comisario mayor retirado Eduardo Mario Orueta, a cargo de la Dirección de Seguridad de la Policía Metropolitana. Dirigió la Escuela de Cadetes y la Guardia de Infantería. Su último destino fue la Dirección de Orden Urbano, que maneja los grupos de choque de la Policía Federal, por lo que también se lo involucró en la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001;

* comisario general retirado Roberto Weschberg, al frente de la Dirección Científica y Técnica de la Policía Metropolitana. Licenciado en criminalística, en el 2006 fue investigado, junto con otros 20 oficiales de las áreas técnicas de la Policía Federal, por cobro de viáticos y horas extras inexistentes.

Dime quien te asesora…

Los comisarios generales retirados Miguel Ángel Ciancio, Osvaldo Capozzo y Norberto

Bellini, quienes llegaron a desempeñarse al frente de la División Seguridad Metropolitana de la Policía Federal, son otros colegas que el “Fino” Palacios tuvo muy en cuenta a la hora de repartir cargos, pues supo conseguirles un buen conchabo en el Gobierno porteño: cobran como asesores del jefe de Gabinete de Ministros, Horacio Rodríguez Larreta, en cuestiones de Seguridad.
Otro favorecido por el PRO, por expresa recomendación de Palacios, es el abogado Marcelo Rochetti, quien cobró cierta fama como defensor del barra brava xeneixe Rafael Di Zeo, ya que fue designado Director de la Comisión de Seguridad de la Legislatura porteña, donde suele compartir largas reuniones con el comisario retirado de la Policía Federal Jorge Alberto Bertolini, quien figura como asesor del diputado Cristian Ritondo, una de las principales voces del macrismo.
Bertolini estuvo bajo la mira de la Justicia por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, por lo cual quedó en disponibilidad, es decir sin cargo alguno, pero al poco tiempo volvió como Director General de Comisarías hasta que, por orden del entonces presidente Néstor Kirchner, fue pasado a retiro junto con otros comisarios de la cúpula de la Policía Federal, luego de que se destapara un escándalo de corrupción con contrataciones en el hospital policial Churruca.
Sin embargo y pese a estar retirado, el ex uniformado no ha perdido su costumbre de portar una pistola en la cintura, al mejor estilo mafioso, incluso, en las reuniones de asesores y de diputados de la Comisión de Seguridad de la Legislatura porteña, encuentros donde no sólo hace ostentación de estar “por las dudas” siempre “calzado”, sino que también suele despacharse con peroratas sobre que el Gobierno Nacional está copado por los que “ponían bombas en los 70”.
Otro personaje que suele asistir a las reuniones de la Comisión de Seguridad como asesor del PRO es el mayor retirado del Ejército, Héctor Edgardo Bonini, uno de los carapintadas beneficiados con los masivos indultos firmados en 1989 por el entonces presidente Menem, y que llegó a dirigir, junto con el teniente coronel Ángel León, otro carapintada indultado, una empresa ligada a Aldo Rico que fue denunciada por fraudes millonarios con la venta de naftas adulteradas.

Peña Artística

 

Peña Artística

“Arte y compromiso por la identidad y la justicia”

En el ex OlIMPO

Barrio de Floresta

13.11.2009

 

Un domingo de sol, el barrio sale a ver que pasa, se escucha música, los choripanes ya salen, las empanadas están riquísimas, unas parejas bailan una chacarera, los comerciantes comentan, la calle Olivera se transforma, porque el ex Olimpo la ocupa.  ¡¡¡Que lindo el barrio en la calle!!! Porque queremos disfrutar encontrándonos entre todos en esta peña, para  que los vecinos se acerquen, se enteren, pregunten y participen del proyecto para la recuperación de la memoria histórica del Ex  CCDT y E Olimpo. Porque defendemos el espacio público, le decimos no la política privatista de Macri, porque creemos en un arte comprometido y queremos una cultura de todos y para todos.

¡¡Vení con toda la familia a compartir un domingo de alegría!!

 

Domingo15 de noviembre

12 a20 hs

en el  CCDT y E ex OLIMPO

Olivera ( entre Ramón Falcon y Rafaela)

 

Buffet abundante exquisito y economico!!!

Tartas, empanadas, choripanes, hamburguesas, gaseosas, y por supuesto la mesa de dulce.

 

Organiza:

Taller de Folklore en el exOLimpo

del Proyecto R.E.I.R ( red de espacios de Intervenciones Artisticas).

Mesa de Trabajo y Consenso para la recuperación de la memoria histórica sobre el ex CCDT y E Olimpo.

 

 

 

Cronograma

 

 

12:30 Grupo de sikuris/ Simbiosis

13:00 Dema y su orquesta petitera ( Tango)

13:30 Los del Camino( folklore)

14:00 Via florida (folklore)

14:30 Dúo Danzas Folkoricas

14 45 Bailarines toda la Vida ( Grupo de Danza Comunitaria)

15:00 Sartañani (grupo de sikuris)

15:30 Cachengue y sudor ( murga)

16:00 Pecay Pudu ( latinoamericana)

16:30 Garufa de Constitución ( murga, teatro)

17:00 Pura vida ( folklore)

17:30 CRonotopica/ Intervención performatica/ Grupo el Entre.

17 45 Ballet Engualichados

18:00 Clase abierta de folklore

18:30 Los de por ai ( folklore)

19:00 Jose Lima ( folklore)

19:30  Presentación de Taller de Danzas Folkloricas del  ex Olimpo

 

Cronograma Actividades Paralelas

 

12 a20 Realización de mural

16 a20 Talleres abiertos de circo, música, percusión, teatro, Biblioteca y  telar.

16 a20 Proyección cine debate.

14 a20 Espacio de Baldosas x la Comisión por la memoria y justicia de Lugano, Celina y Soldati.

14 a20  EPSI. Espacio de Promoción de salud Integral

12 a20  Muestra itinerante latinoamericana.

Stands de organizaciones sociales

Golpes, desalojos, detenciones y procesamientos

 

Golpes, desalojos, detenciones y procesamientos
12.11.2009

 

Es la metodología utilizada en forma reiterada por el poder político, ayudado por su eterna compañera de andanzas, la Policía Federal.  Dos ejemplos de este año: el Centro Cultural Almagro y la Mutual Sentimiento.

Desde hace siete meses, los integrantes de la Mutual Sentimiento pelean por la renovación del contrato del edificio en donde funciona, ubicado en Lacroze al 4100.
En el marco de esta lucha, realizaron una protesta el lunes pasado en Plaza de Mayo, frente al Ministerio de Planificación Federal, que es donde se debe tomar la determinación de renovar el contrato. Algunos de ellos decidieron desnudarse como parte de la consigna “Para que no nos dejen en bolas”, que aludía a la orden de desalojo que pesa sobre el edificio.
Las imágenes de lo que ocurrió se vieron en todos los medios, los integrantes de la Mutual fueron reprimidos violentamente, cuarenta fueron detenidos, entre ellos un menor.
Aunque ningún juez se adjudicó la orden de golpear a los manifestantes, el jefe de la Comisaría Nº 2, Mario Morales, consideró que se estaban realizando “exhibiciones obscenas” y comandó el operativo policial a fuerza palos y gases.
Los detenidos fueron llevados a la comisaría, pero en la puerta los golpes continuaron. Las personas que se acercaron al lugar para exigir la liberación también fueron reprimidas, entre ellas las diputadas nacionales Victoria Donda y Cecilia Merchán.
Ayer, los integrantes de la Mutual realizaron una conferencia de prensa en el Congreso de la Nación. Allí denunciaron el accionar policial.
Graciela Dravicevich, presidenta de la Mutual, afirmó que aunque el Comisario Morales informara que actuó de oficio en la represión, golpes y detención de 40 personas de los 150 presentes, lo ocurrido es ilegal ya que en caso de haber existido “exhibiciones obscenas”, se trataría tan solo de una simple contravención pública, que no justifica por nada todo lo sucedido. Es por esto que aseguran que existe por detrás una orden no solo judicial, sino también política.
Durante la conferencia, se acusó además al nuevo organismo que administra los bienes ferroviarios, la Administración de Infraestructura Ferroviaria. La ADIF es una sociedad de Estado que depende del Ministerio de Planificación. También responsabilizaron al gremio de la Fraternidad, que estaría involucrado en este organismo.
Al respecto existe un antecedente. Hace un tiempo varios integrantes del Movimiento Nacional Ferroviario, que apoyan a la Mutual Sentimiento, fueron golpeados por la patota de La Fraternidad mientras repartían volantes en la estación Retiro.
En tanto, se conoció esta semana que por decisión del fiscal Walter López, veinte participantes del Centro Cultural Almagro fueron procesados por el delito de usurpación.
Cabe recordar que en la noche del 11 de agosto, se acercó a este espacio barrial una persona que decía ser la dueña del lugar y, sin ninguna documentación que lo acreditara, comenzó a levantar una pared en la puerta del edificio. Al llegar la policía al lugar, un grupo de integrantes del Centro ingresaron al predio a la espera de una orden judicial que indicara el pedido de desalojo. A las pocas horas, la policía no los dejó salir del lugar, cómo así tampoco permitió que se acercara la prensa para que diera cuenta de lo que realmente estaba sucediendo.
Cuando a la mañana siguiente llegó la orden y los participantes del Centro comenzaron a salir, efectivos agredieron y detuvieron a las primeras personas que abandonaron el edificio. Finalmente fueron varios los detenidos, acusados de resistencia, averiguación de antecedentes, entre otras excusas. Meses después aparecen todavía consecuencias del violento desalojo del Centro Cultural, veinte de las personas que habían permanecido adentro del edificio ante las amenazas policiales enfrentan hoy procesamientos por parte del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

 

COORDINADORA DE MEDIOS DE LA CIUDAD SE PRONUNCIA CONTRA DECRETO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 

COORDINADORA DE MEDIOS DE LA CIUDAD SE PRONUNCIA CONTRA DECRETO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 

Ciudad de Buenos Aires, 11 de Noviembre de 2009

 

Señor Gregorio Centurión

Secretario de Comunicación Social

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

S                    /                  D

 

 

                                         Asunto: Disidencia con el Decreto reglamentario Nº 933/09 de la Ley 2587/07 (B.O.C.B.A. N° 3288 – 28/10/2009)

 

                      De nuestra mayor consideración:

                                                                    Por la presente, en nuestro carácter de integrantes, según Resolución 5022/SCS/2008, del Registro de Medios Vecinales de Comunicación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ordenanza N° 52.360/97 (B.O.C.B.A. N° 414, publ. 26/3/98) y su Decreto Reglamentario N° 796/02 (B.O.C.B.A. N° 1509, publ. 22/8/02) nos dirigimos a Usted con el fin de elevar a su conocimiento nuestra disidencia por las violaciones constitucionales, discriminatorias y arbitrarias del Decreto reglamentario Nº 933/09  (B.O.C.B.A. N° 3288 – 28/10/2009) de la Ley 2587/07, de “Regulación de la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales de Comunicación Social” y su Instructivo 2010 y rechazamos su apresurada implementación y puesta en práctica de la apertura del Registro de Medios Vecinales de Comunicación de la Ciudad de Buenos Aires ya que deriva en un acceso “excluyente” de la distribución equitativa de la Publicidad Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

                                                               Creemos necesario advertir que el grado de excepcionalidad que le otorga la Clausula Transitoria (acortar los tiempos de inscripción de tres meses a menos de un mes) transgrede el derecho de adecuar los Medios Vecinales a una nueva instancia administrativa y de contenidos limitando así el normal desarrollo de la actividad periodística ya que difieren los requisitos comunes y específicos planteados en la vigente Ordenanza 52360, Decreto 796 y sus ilegales Instructivos –rechazado por sucesivos amparos- con los solicitados en los Instructivos 2010, Decreto 933 y Ley 2587. Además dificulta el normal desenvolvimiento de la Comisión Evaluadora y el Cuerpo de Veedores en el proceso de aceptación o no de las solicitudes de inscripción o reinscripción de los aspirantes a integrar el Registro 2010 porque acota a menos de un mes cuando en la Ley 2587 establece dos meses de evaluaciones, proceso que se repite tal cual en la gestión del Registro 2009 que motivaron cuestionamientos e impugnaciones por parte de los Veedores y denuncia de corrupción de funcionario público.

                                                             Un punto altamente cuestionable del Decreto reglamentario Nº 933, es el Artículo 5º, inciso “d” que establece arbitrariamente el “Contenido Periodístico Propio”. Este artículo es una clara intromisión en los contenidos editoriales de los Medios Vecinales. Es violatorio del artículo 47 de la Constitución de la Ciudad sobre el “respeto a la ética y el secreto profesional de los periodistas”. No se puede condicionar el acceso a la Publicidad Oficial induciendo en el contenido editorial de los medios de prensa. En ese sentido, la Asociación de Derechos Civiles (ADC) y la entidad internacional Iniciativa Pro Justicia de la Sociedad Abierta llaman “Una censura sutil” en un Informe sobre “Abuso de publicidad oficial y otras restricciones a la libertad de prensa en Argentina" expresando que “El gobierno deberá interrumpir las prácticas que pretendan interferir con el contenido editorial y autonomía de los medios…”

Por su lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su 108º período de sesiones desarrollado en octubre de 2000 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión (DPLE) esclareció el significado de “métodos indirectos” de restricción a la colocación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial, cuando se implementan "con el propósito de ejercer presión y premiar o castigar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación” estableciendo que ésta práctica “atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley. Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión.”

Los principios de la Declaración de Chapultepec, adoptada por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada en México, D.F., el 11 de marzo de 1994, y adoptada en nuestra normativa constitucional, expresan que: “La libertad de expresión y de búsqueda, difusión y recepción de informaciones sólo podrá ser ejercida si existe libertad de prensa. Sin medios independientes, sin garantías para su funcionamiento libre, sin autonomía en su toma de decisiones y sin seguridades para el ejercicio pleno de ella, no será posible la práctica de la libertad de expresión. Prensa libre es sinónimo de expresión libre. Allí donde los medios pueden surgir libremente, decidir su orientación y la manera de servir al público, allí también florecen las posibilidades de buscar información, de difundirla sin cortapisas, de cuestionarla sin temores y de promover el libre intercambio de ideas y opiniones. Pero, cuando con el pretexto de cualesquiera objetivos se cercena la libertad de prensa, desaparecen las demás libertades”.

En cuanto al tratamiento de las fuentes la Constitución Nacional establece que “no podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística” (artículo 43).

La libertad de prensa se encuentra reconocida constitucionalmente en el artículo 14 de la Constitución Nacional que establece: “todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, a saber, “de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”. Asimismo, se dispone que: “el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal” (artículo 32).

La presente reglamentación restringe el sistema republicano de gobierno – art. 1° de Constitución Nacional-, por privación a los lectores y oyentes de los Medios Vecinales de conocer, sin arbitrariedades y sin exclusiones ni discriminación en la asignación de la Pauta Oficial de: los actos y políticas del Gobierno emanadas de la autoridad ejecutivas de Estado.

La difusión de información de organismos oficiales y no oficiales, y de entidades de bien público sin fines de lucro está contenido en la Ley 2642 cuando establece que los Medios Vecinales de Comunicación Social tienen por “objeto la difusión de información de interés público relacionada con nuestra ciudad y/o sus habitantes” y detalla en la Ley 2587, entre sus requisitos en el Artículo 5°, inciso “D” que: “El contenido periodístico propio debe incluir como mínimo un cincuenta por ciento (50%) de temas inherentes a la problemática de su área de influencia e información sobre instituciones públicas o privadas sin fines de lucro de la Ciudad”. Además deja claro en el Artículo 20 de Criterios de evaluación para el premio estímulo que se centrará en evaluar “principalmente el contenido editorial, el diseño, la producción, el compromiso social con la zona de influencia y la defensa de los valores democráticos”.

                                                             Otro punto es el artículo 13º que establece la página 7 del diario pago de mayor tiraje en la Ciudad como parámetro para calcular el valor de la Pauta Oficial. Se somete al Gobierno porteño y se condiciona la contraprestación publicitaria con los Medios Vecinales a las decisiones políticas/comerciales del Diario Clarín (Según IVC). A partir de esta normativa: el que fija el valor de la Pauta oficial del Gobierno es el departamento comercial y publicitario del matutino Clarín. El Poder Ejecutivo y los Medios Vecinales quedan rehenes de sus políticas comerciales y comunicacionales contradiciendo la actual Ley N° 2.095/06 (BOCBA N° 2557 del 02/11/2006) de Compras y Contrataciones. Es el mismo Estado el que, por el art. 48, provee “a la defensa de la competencia” y el Artículo 48º de la Constitución de la Ciudad que sostiene que “Es política de Estado que la actividad económica sirva al desarrollo de la persona y se sustente en la justicia social”. La Ciudad promueve la remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida económica de la comunidad, asimismo la Ciudad promueve el desarrollo económico equilibrado, que evite y compense las desigualdades zonales dentro de su territorio en su Artículo 18º.

Esta propuesta de reglamentación es contraria a Carta Magna porteña que establece que “Todas las personas son iguales ante la ley”, en su artículo 11º y agrega “no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de condición económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo”.

Al tener potestad de establecer las condiciones de contratación, si quisieran acallar o subyugar comunicacionalmente a los Medios Vecinales o realizar “operaciones de prensa” en contra del actual Gobierno de la Ciudad podrían utilizar el método de dumping predatorio o tal vez quintuplicar el valor de la Pauta Oficial y así beneficiar a ciertos editores barriales. Estableciendo verdaderas “prácticas mordaza”, como la de abusar de la posición dominante de mercado para inhibir la competencia.

Los Medios Vecinales, el Gobierno de la Ciudad, el erario público y los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires quedan cautivos por el principal “multimedia” del país y de Latinoamérica vulnerando derechos, garantías y principios consagrados en la Constitución de la Ciudad, en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales ya que se deja librado a prácticas de distorsión de la competencia y abuso de posición dominante del mercado en contrasentido de la Ley Nacional Nº 25156 –Defensa de la Competencia- y el art. 42 de la Constitución Nacional y su correlato en los artículos 46 y 48 de la Constitución de la Ciudad.

 

                                                                Es por ello, que solicitamos por la excepcionalidad de la puesta en vigencia del Registro 2010 de Medios Vecinales de la Ciudad que:

  • No sean consideradas las irregularidades administrativas de los Medios Vecinales Observados en Registro 2009, que según Informe de la Comisión Evaluadora son: “En San Telmo y sus alrededores” (gráfico y web), “Boedo web”, “Flores de Papel”, “El Periódico de la Gente” y “Taxi Libre” y solicitarles la actualización de la documentación.
  • Dejar sin efecto el artículo 5º, Inciso “d” de “Contenido Periodístico Propio” del Decreto reglamentario Nº 933 y sólo remitir al Artículo 5, Inciso “d” de la misma Ley 2587: “Incluir un mínimo de cincuenta por ciento (50%) de contenido periodístico propio. La publicidad no puede exceder el cincuenta por ciento (50%) del espacio total. El contenido periodístico propio debe incluir como mínimo un cincuenta por ciento (50%) de temas inherentes a la problemática de su área de influencia e información sobre instituciones públicas o privadas sin fines de lucro de la Ciudad”.
  • No considerar el artículo 10º, Inciso “b”: “El sitio web debe tener almacenados en todo momento un mínimo de cuarenta (40) documentos que sumen un total de cuatrocientos mil (400.000) caracteres con espacios” y “c”: “Durante un mínimo de cuarenta (40) semanas por año, el sitio web debe ser actualizado semanalmente mediante la incorporación de al menos tres (3) documentos que sumen no menos de diez mil (10.000) caracteres con espacios” de la Ley 2587 y remitir a la Ordenanza 52360 y Decreto 796, ya que el Status Quo establecido desde el inicio del Registro y por los consecutivos Instructivos los Medios en soporte digital realizan 5 notas semanales de 1.500 caracteres cada una, que suman 7.500 caracteres semanales: "La actualización de dicha información debe ser semanal, es decir el medio deberá publicar semanalmente un mínimo de cinco (5) documentos periodísticos de producción propia referidos a temas actuales, en diferentes rubros, de la Ciudad o sus barrios. Cada documento periodístico, para ser considerado como tal, deberá contener un mínimo de 1500 caracteres (con espacios incluidos). Estas condiciones solo afectan a las 5 notas mínimas exigidas por semana". Hoy la Ley 2587, reglamentada tres días antes de su apertura, exige 10.000 caracteres semanales. Es por esto que solicitamos no sean considerados estos artículos ya que contradicen el principio de irretroactividad de las leyes, establecido en el art. 3 del Código Civil.
  • Ante la inseguridad jurídica que se encuentran los Medios vecinales en su relación con el Gobierno de la Ciudad solicitamos se acorten los plazos administrativos y de pagos de las: Solicitudes de producción (SP) u Ordenes de Publicidad (OP), la anticipada recepción de las piezas publicitarias, otorgar en tiempo y forma los Partes de Recepción Definitiva desde la Secretaria de Comunicación Social y hacer efectivo el pago de la Pauta Oficial y acreditar las deudas de facturas atrasadas.
  • También habría que dejar explicitado la previsión de la partida presupuestaria para incorporarlo al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad del ejercicio 2010.

 

                                                               Por lo expuesto, creemos necesario para ajustar a derecho, enviar el Decreto reglamentario Nº 933 de la Ley 2587 a las áreas técnico-legales que correspondan para su evaluación, solicitar un Informe jurídico a la Procuración General de la Ciudad y remitir a la Legislatura de la Ciudad para su modificación. Por lo tanto, dejar vigente la Clausula Transitoria de la Ley 2587 para la implementación del Registro 2010 de Medios Vecinales de la Ciudad y hacer un nuevo llamado según la requisitoria de la Ordenanza N° 52.360/97 y su Decreto Reglamentario N° 796/02.

Sin otro particular y a la espera de una respuesta hacemos propicia la oportunidad para saludarlo con nuestra más distinguida consideración.

 

 

 

Coordinadora de Medios de la Ciudad de Buenos Aires (Co.Me.Ci.)

Domicilio constituido: Artigas 5952 – 1er piso – Ciudad de Buenos Aires

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

          Ariel E. Rosales                                      Hernán G. Daicich

             Presidente                                                 Secretario           

 

Usted es el visitante N°