Coronavirus: exigen respuestas gubernamentales urgentes para las personas en situación de calle
18.3.2020
La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), junto al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Centro de Estudios Metropolitanos (CEM), Hábitat para la Humanidad – Argentina, la organización La Boca Resiste y Propone y el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires, presentaron una nota al jefe de gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta y a la Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat, María Migliore, advirtiendo sobre «la falta de políticas públicas adecuadas para las personas que viven en situación de calle en relación con la circulación del virus COVID-19». Según el Segundo Censo Popular realizado en abril de 2019, un 38,1% de las personas que viven en la calle tienen afecciones de salud, y más del 50% de los problemas declarados con más frecuencias están vinculados con dificultades respiratorias, que es justamente una condición de salud que genera mayor vulnerabilidad frente al coronavirus. El 10% de las personas en situación de calle son personas de más de 60 años, grupo etario con tasa más elevada de mortalidad ante esta pandemia.
«Las organizaciones firmantes nos dirigirnos a Ud. para solicitarle que adopte medidas urgentes que garanticen el acceso de las personas que viven en situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires a condiciones adecuadas de higiene para prevenir la circulación del Coronavirus (COVID-19) – remarcan en la presentación que enviaron este martes 17 al jefe de gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta y a la Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat María Migliore – Las personas en situación de calle son un grupo especialmente vulnerable ante este nuevo virus. Las medidas preventivas como lavarse las manos de manera constante durante el día, lavar de manera muy cuidadosa los enseres que se utilizan, cocinar los alimentos o repasar con lavandina las superficies en las que nos apoyamos son medidas que difícilmente se puedan realizar cuando se vive en una situación de calle», sostienen.
Asimismo, agregaron que «según el Segundo Censo Popular realizado en abril de 2019, un 38,1 % de las personas viviendo en la calle tienen afecciones de salud. Más del 50% de los problemas declarados con más frecuencias están vinculados con dificultades respiratorias, que es justamente una condición de salud que genera mayor vulnerabilidad frente al coronavirus. El 10% de las personas en situación de calle son personas de más de 60 años, grupo etario que presenta una tasa más elevada de mortalidad ante esta pandemia».
En ese sentido, las organizaciones sostienen que si bien «las medidas para mitigar la circulación del Coronavirus anunciadas por la Subsecretaría de Asistencia y Cuidado Intensivo mediante la resolución 127 están principalmente orientadas al control de la circulación de la población en situación de calle, pero ninguna garantiza su acceso a condiciones adecuadas de higiene». Además, remarcan los errores que tiene el modelo de preguntas que el GCBA realiza a las personas en situación de calle: «la resolución aprueba un modelo de Declaración Jurada que debe firmar toda persona que solicite ingreso a un establecimiento de atención a personas en situación de calle. El formulario incluye preguntas vinculadas conviajes recientes a países afectados, y el domicilio. Este tipo de consultas están muy alejadas de la situación real de las personas que viven en la calle».
Por todo lo expuesto, reclaman al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad de Buenos Aires que:
a) Suspenda los desalojos en la ciudad con el fin de evitar el incremento de la población viviendo en la calle.
b) Garantice soluciones habitacionales alternativas en caso de que la capacidad de alojamiento de los establecimientos no sea suficiente.
c) Establezca un trámite expeditivo para el subsidio habitacional y flexibilice los requisitos.
d) Obligue a los establecimientos que reciben a personas en situación de calle a garantizar las medidas de higiene preventivas, especificando cuáles son dichas medidas.
e) Asegure las condiciones presupuestarias y logísticas para que dichos establecimientos puedan cumplir con las medidas.
f) Fiscalice el cumplimiento de la disposición.
g) Adopte medidas específicas de cuidado y prevención para aquellas personas en situación de calle que no se acercan a los establecimientos y permanecen viviendo a la intemperie.