Comunicadores del Sur

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Larreta retrocedió gracias a la organización de las Cooperadoras escolares

20.5.2021

Por Claudio Vilardo

Familias y Asociaciones Cooperadoras de casi cien escuelas de la Ciudad hicieron retroceder al Gobierno porteño, que pretendía a través de una resolución que cada escuela sea responsable de garantizar los elementos de bioseguridad para la comunidad educativa en pleno pico de contagios.

Hace pocos días, el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires dictó la resolución 114, dónde establecía un subsidio especial para las escuelas con el objetivo de que las Asociaciones Cooperadoras de cada establecimiento garantizaran la compra de elementos de bioseguridad para el personal docente, no docente y estudiantes. Se trataba del llamado Programa de Asistencia Económica, que pretendía transferir la responsabilidad de la compra de insumos sanitarios a las escuelas.
Con mucho tino, esta resolución encendió las alarmas de las familias voluntarias y rápidamente impulsaron una campaña en contra de dicha resolución, denunciando que este programa no era más que un desentendimiento por parte del Ministerio de Educación de la responsabilidad de garantizar las medidas sanitarias para la comunidad educativa, en su “presencialidad cuidada”. En un comunicado que se hizo viral y con la firma de casi cien asociaciones de escuelas, denunciaron que “Esta medida excede el rol y la responsabilidad de las Asociaciones Cooperadoras en materia de bioseguridad para el cuidado de las escuelas que se requiere para hacer frente al COVID-19”.
Hoy por la tarde, el gobierno de Rodríguez Larreta tuvo que dar marcha atrás con esta resolución, mediante un comunicado oficial en donde dejaba sin efecto el subsidio para las Cooperadoras que “no presten conformidad” y, en dicho caso, explicita que el Ministerio se hará cargo de garantizar lo que ya debería estar garantizado hace mucho.
La campaña fue levantada por las diputadas porteñas Myriam Bregman y Alejandrina Barry del Frente de Izquierda, que se manifestaron en apoyo a las Cooperadoras y contra otro intento más del gobierno por desligarse de la responsabilidad de la alarmante situación sanitaria que atravesamos en esta segunda ola. Recordemos que, el año pasado, las mismas diputadas interpusieron un amparo para garantizar lo elemental: una alimentación saludable para las y los estudiantes en la Ciudad, en un contexto de cuarentena.
Contabilizando hoy más de 35 mil contagios, es claro que los DNU y la “presencialidad cuidada” no están garantizando la salud del pueblo trabajador. Mientras en el país ya se produjeron más de 60 millones de vacunas que se venden en el extranjero, a la población les llegan a cuenta gotas, se multiplican las muertes evitables y se colapsa el sistema sanitario.
En estos momentos, mientras en los medios se debaten más o menos restricciones, las acciones concretas de los gobiernos para enfrentar la pandemia son papel pintado. No hubo ninguna medida de fondo para garantizar la salud de la población. Sin embargo, la comunidad educativa continúa organizándose y, una vez más, parando la mano ajustadora de los gobiernos.

20 de mayo: Jornada en el centro porteño en defensa de la educación pública en pandemia

19.5.2021

Secretarías de Centros de estudiantes, comités y asambleas llaman a realizar una jornada en defensa de la educación pública este 20 de mayo junto a la izquierda y otras organizaciones políticas. La jornada comenzará con cortes desde las 8:00 en el Obelisco y continuará a las 13:30 con una “radio abierta” en la puerta del Anses ubicada en Av. Córdoba al 1118.

El día de mañana tendrá lugar una serie de cortes y movilizaciones en el centro porteño en el marco de la jornada de lucha por la educación pública convocada por organizaciones políticas, sociales y organismos estudiantiles. Las mismas comenzarán a primera hora de la mañana con un corte en el Obelisco desde las 7.30 AM y continuarán con una movilización y una radio abierta a las 13:30 en la puerta de las oficinas del ANSES ubicada en Av. Córdoba al 1118.
Entre los principales reclamos se encuentran la exigencia contra el rechazo masivo para aquellos que se anotaron para recibir la beca Progresar y también por las insuficientes respuestas por parte del gobierno frente a la falta de internet y dispositivos para poder estudiar.
Entre los convocantes para la jornada se encuentran los siguientes Centros de estudiantes y Secretarías de la UBA: Secretaría General del CEFyL, Secretaría General del CEABA, los Centros de estudiantes de Veterinarias y de Farmacia y Bioquímica, las Secretarías de unidad obrero-estudiantil de las facultades de Sociales y de FADU y la Secretaría de Género y Diversidad de la facultad de Psicología. También adhieren las Secretarías Generales de los terciarios “Joaquín V. González”, del Normal N°1 “Presidente Roque Sáenz Peña”, del IES N°1 “Dra. Alicia Moreau de Justo” y la Secretaría de Derechos Humanos del centro de estudiantes de la facultad de Artes Visuales de la UNA. A su vez, convocan a movilizar la Juventud del PTS, la UJS, el MST, Izquierda Socialista, la Juventud del Polo Obrero, la Red de jóvenes precarizadxs y SUR.
A su vez, en el marco de las demandas de la comunidad educativa, este 19 de mayo estudiantes de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), secundarios, terciarios y docentes precarizados, y organizaciones de izquierda y sociales, realizaron una concentración frente a la sede de ANSES, para exigir al Gobierno el aumento y ampliación de todas las becas Progresar, además de un IFE de 40 mil pesos y que se garantice el acceso de la conectividad para poder estudiar. Fueron convocantes la Juventud del PTS, la Unión de Juventudes por el Socialismo, la Juventud del Polo Obrero, Izquierda Universitaria, Juventud Socialista (MST), la Unión de Juventudes por el Socialismo- Tendencia, Nuevo Más, Razón y Revolución y la Red de Trabajadores Precarizados e Informales.

Las docentes llevan a la justicia penal a Larreta y lo responsabilizan por la muerte de sus compañeros

17.5.2021

La comunidad que rodea a las escuelas públicas de la Ciudad de Buenos Aires quedó atravesada por el duelo de otras cinco muertes de trabajadores de la educación por coronavirus en los últimos diez días. El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, mantiene la presencialidad en el distrito, una medida por la que fue denunciado penalmente ante la justicia.

En total, son 14 los docentes, auxiliares y trabajadores del área fallecidos desde febrero último en Capital Federal, según indicó este viernes la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).
Las muertes, además de sacudir a la comunidad educativa, motivaron denuncias penales en las que la justicia deberá establecer si hubo una «concatenación» de hechos, a partir de la «exigencia de presencialidad» por parte del Gobierno porteño, que hizo que los educadores de la ciudad se expusieran al segundo brote de contagios y murieran.
Así se desprende de la denuncia penal presentada -y luego ampliada- por la abogada Valeria Carreras ante el juzgado federal 10 de Julián Ercolini, tras los decesos de la docente auxiliar de un colegio técnico, Graciela Romero, y de la vicedirectora de la Escuela 24, Silvina Flores.
Rodríguez Larreta ya había sido cuestionado judicialmente por los gremios cuando se desmarcó de las restricciones por 15 días dispuestas en abril pasado por el Gobierno nacional ante el pico de contagios, que llegó a los 30 mil casos diarios, muchos de ellos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), considerada la región de mayor riesgo epidemiológico del país.
A esto se sumó el impacto de las muertes de los últimos días, que agravó la tensión entre el Gobierno porteño y los gremios UTE-Ctera y Ademys, quienes denuncian imposibilidad de diálogo con las autoridades y persecución hacia los docentes que cuestionan las clases presenciales, mientras llevan adelante paros activos y asambleas, en jornadas que definieron como «de duelo».
Hasta el 21 de este mes se determinó educación a distancia para todos los niveles educativos en zonas consideradas de ‘alarma sanitaria’, bajo criterios epidemiológicos que luego el Gobierno nacional amplió, detalló y formalizó en un proyecto de ley, que ya recibió dictamen del Senado y será debatido la semana próxima en el recinto.
Por esta razón, la presencialidad en los colegios podría quedar sujeta en el futuro a esos parámetros científicos contenidos en esa propuesta oficial.
La iniciativa del oficialismo fija parámetros sanitarios, epidemiológicos y demográficos para definir acciones de mitigación del coronavirus en todas las jurisdicciones del país.
La sanción de una ley que unifique criterios a la hora de adoptar políticas para contener el avance de la Covid-19 aparece como la respuesta parlamentaria al fallo de la Corte Suprema, del 4 de mayo último, que consideró insuficientes los fundamentos de la Nación sobre su estrategia sanitaria y priorizó la autonomía de CABA.
«Corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -al igual que a las provincias- la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes», consignó el fallo firmado en forma unánime por los miembros de la Corte, aunque con distintos argumentos.
Sin embargo, esta semana la cámara alta avaló también -sin el apoyo de la oposición- tres decretos de necesidad y urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo con medidas generales de prevención para mitigar la propagación del coronavirus, entre ellas, la suspensión de clases presenciales en el AMBA.
En este escenario, la denuncia penal contra Rodríguez Larreta incluye también un pedido para investigar a los miembros de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, a raíz del tratamiento que se dio a la demanda que presentó la Ciudad contra el decreto que suspendió las clases presenciales en el distrito.
La abogada aludió en la denuncia a que las trabajadoras Graciela Romero y Silvina Flores fallecieron por Covid contraído en su trabajo, en escuelas de CABA y por «la exigencia de presencialidad», según detallaron fuentes judiciales.
En cuanto a los miembros de la Corte sostuvo que hubo una mala admisión del planteo del Gobierno de la Ciudad, falta de celeridad y una decisión que permitió que «los educadores y educandos de la ciudad de Buenos Aires se expongan al segundo brote del contagio».
Con todo y más allá del resultado de los planteos judiciales y los debates parlamentarios, la triste nómina de trabajadores de la educación fallecidos sumó este jueves otra víctima y ya son 14: la profesora de matemáticas Fanny Flores, quien al igual que Graciela Ramos, se desempeñaba en el Liceo 5 de la Ciudad.
«La despedimos con indignación y dolor mientras seguimos exigiendo a Larreta vacunas para no morir y virtualidad para no enfermar», dijeron sus compañeros desde la puerta del liceo, que este viernes amaneció cerrado por duelo.
En diálogo con AM750, una compañera de trabajo de Flores expresó: «Esto fue un final anunciado» porque, aseguró, ninguno de los docentes del instituto fue vacunado contra el coronavirus hasta el momento.
Según UTE, hubo 10.763 contagios en las escuelas de la ciudad en apenas 3 meses.
De acuerdo al reporte oficial de este viernes, en la ciudad de Buenos Aires se detectaron 2.774 nuevos casos positivos de Covid-19 y 21 muertes en las últimas 24 horas, aunque no hay registros discriminados sobre docentes y alumnos contagiados.

La Corte desconoce el derecho a la salud y a la vida de las personas trabajadoras y de la sociedad

15.5.2021

Por Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAL)

Declaración de AAL frente al fallo “GCBA c/ Estado Nacional – PEN s/ Acción Declarativa de Inconstitucionalidad”.

Desde esta Asociación observamos con preocupación el fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Nro. 567/2021 “GCBA c/ Estado Nacional – PEN s/ Acción Declarativa de Inconstitucionalidad”.
En plena pandemia mundial declarada por la OMS, con una emergencia sanitaria nacional dispuesta por el Poder Ejecutivo y sancionada por ley del Congreso de la Nación, y con más de 65.000 muertos en la Argentina, el gobierno nacional decidió mediante el DNU N° 241/2021 dar prioridad a la problemática sanitaria y establecer medidas generales de prevención. Entre ellas (art. 2) dispuso sobre los territorios comprendidos en el AMBA -territorio que incluye dos jurisdicciones- y que encarna una unidad epidemiológica, la suspensión temporal de clases presenciales por el período comprendido entre el 19 y el 30 de abril de 2021.
En este escenario, el gobierno local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desobedeció la decisión de la autoridad nacional, incumpliendo lo ordenado por el Dr. Guillermo Scheibler – titular a cargo del Juzgado N°13 de la Justicia Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad – quien ordenó que no se computasen las inasistencias a alumnos/as ni se realizaran descuentos a docentes que no concurriesen a trabajar, optando por acatar exclusivamente el fallo de la Sala IV de la Cámara de dicho fuero, la que frente a una presentación efectuada por la Fundación Centro de Estudios en Políticas Publicas, dispuso la suspensión del art. 2 párrafo 3ro. del DNU 241/21, ordenando al Gobierno de la Ciudad que garantice la continuidad de las clases presenciales.
En este contexto, la Ciudad decide ocurrir ante la Corte Suprema cuestionando la constitucionalidad del DNU precitado. Así pues, so pretexto del deber de garantizar el derecho a la educación, que conllevaría la necesidad de la presencialidad escolar, y entendiendo que el DNU cuestionado quebranta la autonomía de la Ciudad, la Corte convalidó la inconstitucionalidad del art 2 DNU 241/ 2021 mediante su fallo de fecha 04 de mayo de 2021.
Desde esta Asociación cuestionamos la decisión de la Corte, por cuanto no centró la discusión en la salud de los trabajadores docentes, sino en la importancia de la educación presencial y en la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
Con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el máximo tribunal desconoció que en caso de epidemia, o como sucede actualmente, en pandemia, que afecta a más de una provincia, el poder de policía sanitaria corresponde al Poder Ejecutivo Nacional, echando por tierra toda construcción jurisprudencial constitucional en la materia (“Asociación Benghalensis y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Salud de la Nación s/ Amparo ley 16.986” A 186 XXXIV 1/6/2000).
Sin entrar a ponderar el estatus jurídico de la Ciudad Autónoma, el que amerita un mayor debate que excede el marco del presente documento, consideramos imprescindible señalar lo que la Corte omitió tratar, el derecho a la salud y a la vida de todas las personas y habitantes de nuestra nación, así como el derecho a condiciones y a un medio ambiente de trabajo digno y seguro para los/as docentes de la Ciudad Autónoma. Conforme a nuestros propósitos fundacionales, y a pesar de cualquier resistencia, es nuestro deber afianzar los principios del Derecho del Trabajo, bregando por la implementación efectiva de los derechos constitucionales y elevar los estándares internacionales alcanzados en materia de derechos humanos. La Constitución Nacional reconoce el derecho a la salud y la vida, respecto de los cuales los demás derechos individuales resultan interdependientes y secundarios, dado que es evidente que no puede haber educación sin vida humana.
El Derecho a la Salud en estricta relación con el Derecho a la Vida está consagrado en el artículo 14 bis y 42 de la Constitución Nacional y en los Tratados de Derechos Humanos con jerarquía constitucional (artículo 75, inc. 22 de la Constitución Nacional), entre ellos, el artículo 12 inc. c) del PIDESC; inc. 1 de los artículos 4 y 5 de la Convención sobre Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, e inc. 1 del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En idéntico sentido, nuestra Carta Magna expresamente garantiza el derecho de las personas a trabajar, y a hacerlo en condiciones dignas y equitativas de labor (Art. 14 y 14 bis), ambos, consagrados en el corpus iuris del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, los que se encuentran en lo más alto del ordenamiento jurídico constitucional argentino conforme Art. 75 Inc. 22, tal como lo ha dicho la propia Corte en numerosos precedentes («Vizzoti», Fallos: 327:3677, 3689 y 3690, y «Aquino», Fallos: 327:3753, 3770 y 3797, “Torrillo, Atilio Amadeo y otro c/ Gulf Oil Argentina S.A. y otro” CSJN T. 205. XLIV Recurso de Hecho). Claro está que el Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona a educarse, por lo que en el caso se dispuso que tal derecho se ejerza en forma virtual por un plazo determinado (15 días), excepto cuando puede constituirse en una causa de daños a terceros (Art 19 CN), siempre que ello no signifique una afectación esencial del derecho, lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación.
Del fallo surge claramente que no hubo una restricción o limitación al derecho a la educación de quienes concurren a los establecimientos educativos en la CABA, sino la utilización de una modalidad menos riesgosa tanto para la población educativa y sus familias, como para quienes trabajan en dicho sistema educativo (docentes y auxiliares).
Es de destacar que también se desprende del fallo un requerimiento irrazonable impuesto por el GCBA – y ratificado por el tribunal – a los/as docentes y auxiliares de la educación de la Ciudad, quienes se ven obligados a concurrir a sus trabajos, a diferencia de lo que ocurre con la gran mayoría de las actividades, incluida la judicial, que prestan tareas en forma remota, siendo colocadas/os en situación de mayor exposición al agente de riesgo, sin ningún tipo de medidas que garanticen en forma real las condiciones de higiene y seguridad en las escuelas necesarias para evitar los contagios.
En este sentido, la resolución de la Corte, contradiciendo los derechos enunciados más arriba, velozmente y sin sustento científico resuelve sobre la inconstitucionalidad del DNU del Poder Ejecutivo Nacional, cuya oportunidad, mérito y conveniencia estaban justificados en la necesidad de contener de la propagación del virus y preservar la salud de la población en su conjunto, dejando de lado a quienes son sujeto de preferente tutela, las personas trabajadoras de la educación y las infancias.
CONSEJO DIRECTIVO
ASOCIACION DE ABOGADOS Y ABOGADAS LABORALISTAS.

Ante el contagio de la maestra, se aislaron familiares y alumnos: descubrieron 23 casos positivos

13.5.2021

El caso se hizo viral, cuando un usuario de Twitter lo plasmó en una visualización que permite identificar las ramificaciones de los contagios. Lo que la presencialidad de Larreta y Acuña oculta.

Andrés Snitcofsky, usuario de Twitter, realizó un posteo en esa red que plantea algunos interrogantes sobre los protocolos que el gobierno de la Ciudad diagramó para las clases presenciales. En el hilo, muestra de manera visual un experimento realizado por las familias de una burbuja que tuvo que ser aislada ante un caso positivo de coronavirus.
El caso es el siguiente: Una maestra de 5to grado dio positivo a mediados de abril. De acuerdo al protocolo, se aisló la burbuja, es decir, la maestra y los alumnos. Pero, las familias decidieron aislarse todos e hisoparse en su mayoría, algo que no prescribe el reglamento difundido por el gobierno de la Ciudad. El resultado fue que 10 estudiantes de los 14 que integran la burbuja y 13 familiares resultaron positivos. Una de las personas en cuestión se tomó el trabajo de registrar todos los datos y se los entregó a Andrés, quien los trasladó a una visualización.
Según el protocolo de Soledad Acuña y Manuel Vidal, Jefe de Gabinete del Ministerio de Educación, cuando un alumno es contacto estrecho debe aislarse en su casa 10 días. Si no presenta síntomas, no es testeado, y sus hermanos siguen yendo a sus respectivas burbujas. “¿Se imaginan si estes hermanes hubieran ido?”, pregunta Andrés, haciendo referencia al hecho de que 3 hermanos de distintas familias de los alumnos de la burbuja aislada dieron positivo y que según el protocolo estaban habilitados para seguir concurriendo a sus respectivas burbujas,
“En este caso, en el que la maestra dio positivo un viernes, probablemente la exposición se haya extendido en varios días de esa semana. De los 14 alumnos, 10 dieron positivo. De esos 10, solo 3 tuvieron síntomas. Si los podres no se hubieran organizado en el grupo de WhatsApp para aislarse y testearse todos, hay un montón de estos chicos que no hubieran sido testeados”, explicó, en una entrevista para Radio Con Vos.
Recientemente, se conoció el caso de un colegio en el barrio de Flores que tuvo que cerrar por 48 horas cuando se descubrió, azarosamente, que varios trabajadores no docentes eran positivos de covid-19. Los contagios se conocieron porque se realizó un operativo de testeo en la plaza frente al establecimiento y la dirección del mismo, solicitó a todo el personal que se controlara. De esta manera, se detectaron los positivos, todos asintomáticos.
Como aclara, Andrés, estas experiencias no son evidencia ni son extrapolables a toda la población. Sin embargo, son algunas muestras de lo que el protocolo de la Ciudad oculta.
En el mismo hilo, muestra una serie de mensajes que le llegaron de gente que vio el posteo y cuenta todo tipo de problemáticas relacionadas con burbujas que no son aisladas o casos que no se registran.
Las y los docentes y la comunidad educativa vienen peleando justamente por casos como el que se dio en esta escuela, con más de 15 días de paro, movilizaciones, acciones en los colegios, para que se suspendan las clases presenciales y se vacune a toda la comunidad. El claro ejemplo que se expone a través de este medio, en las escuelas se vive todos los días.

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