Comunicadores del Sur

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Conferencia de Prensa: Por una Ley Antidiscriminatoria en la Nación

19.4.2015

El proyecto para una nueva Ley de Actos Discriminatorios tendrá estado parlamentario en el Congreso de la Nación. Los/as diputados/as Carlos Heller, Araceli Ferreyra, Adela Segarra, Juan Carlos Junio y Leo Grosso convocaron a las organizaciones que trabajaron en la propuesta para anunciar que impulsarán su aprobación este año en el Congreso de la Nación. Lo harán este lunes a las 12 de mediodía, en la Sala 7 del 3er piso del anexo B de la Cámara de Diputados.
 
El proyecto busca lograr una norma más abarcativa y con mecanismos más efectivos de prevención, reparación y sanción de actos discriminatorios. En particular, se propone la incorporación de mecanismos tales como —entre otros— la inclusión de pretextos discriminatorios no contemplados en la norma actual —como la discapacidad, la orientación sexual, la identidad de género o la edad—, la ampliación de la legitimación para accionar contra actos discriminatorios a organismos y organizaciones de derechos humanos, una definición más amplia de «acto discriminatorio» más coherente con los recientes avances internacionales y nacionales, la inversión de la carga de la prueba del carácter discriminatorio de los actos denunciados, la presunción y autonomía del daño moral e importantes cambios en la legislación penal.
 
En todos los casos, los textos de las leyes fueron ampliamente trabajados y discutidos con activistas y organizaciones de diferentes colectivos con una amplia experiencia en la promoción de los derechos humanos y de lucha contra la discriminación, como la Mesa Nacional por la Igualdad, la Federación Argentina LGBT, la Sociedad de Socorros Mutuos «Unión Caboverdeana», la organización Todos con Mandela, el Frente de Personas Liberadas y Privadas de Libertad, el Frente Nacional por la Igualdad del Movimiento Evita, La Fulana, la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA), el Frente de Migrantes Organizados, la Agrupación de Agricultores Cannábicos de Argentina (AACA), la Defensoría LGBT de la Ciudad de Buenos Aires y la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL), entre otros/as.
 
Esta nueva presentación tiene lugar pocos días después de que estas mismas organizaciones lograran que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionara una norma de características similares a la que se propone a nivel nacional, presentada por la legisladora María Rachid.
 
María Rachid, Mesa Nacional por la Igualdad: «La ley antidiscriminatoria que proponemos, así como la que aprobamos en la Ciudad de Buenos Aires, es una herramienta fundamental, que permitirá a las personas víctimas de discriminación y a las organizaciones y organismos que defendemos sus derechos, promover acciones contra la discriminación de una manera más simple y efectiva, así como seguir trabajando en la implementación de políticas públicas para terminar con la discriminación y promover la igualdad de oportunidades»

Movimiento Comunero

18.4.2015

Si las Comunas estuvieran funcionando como debieran, vos podrías proponer formas de mantener mejor el arbolado, las veredas, las luminarias y las calles y realizar el seguimiento de dicho mantenimiento. Podrías realizar aportes para mejorar la seguridad, la higiene, la educación, la salud y el estado general del espacio público de tu barrio. Podrías verificar si los edificios y habilitaciones comerciales cumplen con las normas vigentes y asegurar su cumplimiento. Podrías saber cuánto y en qué se gasta el dinero público que se recauda a través de los impuestos y cuál es la cantidad y monto de los contratos de obras y los contratos de servicios que los gobernantes realizan.

Más aún, podrías relacionarte institucionalmente con otros vecinos y organizaciones a través de tu participación en el Consejo Consultivo Comunal para analizar, determinar y consensuar las necesidades y proyectos prioritarios del vecindario en el que vivís o trabajas. Incluso podrías sentarte cara a cara con los políticos que votaste para integrar las Juntas Comunales, e intercambiar y discutir con ellos las necesidades barriales, hasta llegar a acuerdos sobre las obras y acciones públicas que se necesitan en tu barrio.

Para favorecer estas posibilidades, los constituyentes de 1996 sancionaron el artículo primero de la Constitución de la Ciudad – que establece la democracia participativa en sus instituciones de gobierno – y el título VI que crea las Comunas como una institución nueva, profundamente participativa, cercana al vecino y amigable con él. Y fue también por eso que muchos vecinos porteños luchamos desde el 2001 en adelante, hasta conseguir que se sancione y se empiece a cumplir la Ley de Comunas.

Para que la población identificara claramente que al votar las Juntas Comunales estaban eligiendo a los gobernantes de esta nueva institución democrática, participativa, de cercanía, y autónoma del Gobierno de la Ciudad que son las Comunas, se sancionó el Art. 20 de la Ley Orgánica de Comunas Nº 1777. En él se establecía que las elecciones comunales debían hacerse en días separados de otras elecciones y que, de coincidir inevitablemente con la celebración de otras elecciones, debían hacerse en boletas separadas.

Sin embargo, en las primeras elecciones comunales, se modificó este artículo permitiendo elecciones el mismo día y en la misma boleta, argumentando que era "por única vez". Pero no sería así. Hace apenas un mes (04 de marzo) y a poco de las próximas elecciones comunales, se eliminaron completamente las elecciones comunales diferenciadas. Con esto se busca que los candidatos a comuneros queden ocultos en una lista sábana encabezada por los candidatos a Jefes de Gobierno. De manera que la ciudadanía no solo siga sin enterarse de la existencia de gobiernos comunales autónomos del gobierno de la ciudad, sino que los miembros elegidos para las Juntas Comunales sigan sin poder ejercer en forma independiente las funciones que les reconoce la ley, al quedar convertidos en "empleados" subordinados partidocráticamente al Jefe de Gobierno ganador.

¿Por qué la legislatura eliminó la autonomía de las elecciones comunales? Porque tu participación, tus propuestas y el control que puedas ejercer sobre las acciones de gobierno, cuestionan seriamente el acaparamiento de derechos y recursos que un sector mayoritario de los políticos, ha hecho de la verdadera política, es decir, de la construcción conjunta de la comunidad en que vivimos. Y las Comunas, al ser un poder local democrático participativo que posibilita a los vecinos participar de las decisiones sobre lo que debe hacerse en sus barrios y a ejercer el control sobre las disposiciones y el manejo de los fondos públicos por parte de los gobernantes, amenaza seriamente la continuidad de ese acaparamiento corporativo de la política.

Para romper con esta trampa corporativa de corte partidocrático, es necesario ELEGIR JUNTISTAS COMUNALES QUE SEAN VERDADEROS COMUNEROS, es decir que estén dispuestos a facilitar la participación vecinal en las decisiones y a gobernar junto con los vecinos para que estos sean protagonistas del cambio cultural que implican las COMUNAS.

Por eso, en estas elecciones el MOVIMIENTO COMUNERO te propone que votes para Juntistas Comunales a ciudadanos comprometidos con los problemas del barrio y con una democracia participativa de cercanía, que trabaje para y con los vecinos.

EN ESTAS ELECCIONES 2015, EMPECEMOS A PRODUCIR UN CAMBIO.

LEÉ los nombres de los que aparecen en todas las listas a Juntas Comunales de tu comuna, más allá de tu preferencia a Jefe de Gobierno o Legisladores.

ELEGÍ a quienes RECONOZCAS por su desempeño y lucha en los temas y conflictos que afectan a tu barrio.

Como ante esta propuesta nos han llegado una cantidad de consultas, creemos importante dar respuesta a un interrogante respecto de las Elecciones P.A.S.O. (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias).

Existe la creencia de que no se puede cortar boleta en las primarias, pero no es así.

La ley es clara al respecto y dice que los electores están habilitados a elegir una lista completa o a elegir diferentes listas para cada una de las tres categorías de cargos que se eligen: Jefes de Gobierno, Legisladores y Juntistas Comunales o Comuneros.

Estas listas diferentes pueden ser listas internas del mismo partido o, incluso, listas de diferentes partidos. Es decir, el elector podrá votar por una lista diferente para cada una de las categorías; lo que no se puede, es elegir 2 listas diferentes para la misma categoría.

Por lo tanto….podés poner en la urna la boleta de un solo partido para las 3 categorías, o, en el otro extremo, podés poner en la urna boletas de tres partidos diferentes, uno por cada categoría.

Te saluda

MOVIMIENTO COMUNERO

Programas Socioeducativos: la Gerencia Operativa de Escuela Abierta obstaculiza el funcionamiento de Teatro Escolar

16.4.2015

Más de 700 alumnos sin clases de teatro

Luego de la victoria que las trabajadoras y trabajadores del Programa Teatro Escolar  obtuvieran en el primer acto público del presente ciclo lectivo respecto a la desestructuración pretendida por la gestión (cambiar docentes de destino y horario  quitándole además las clases de teatro a algunas escuelas sin criterio pedagógico alguno); recrudecieron las trabas al funcionamiento del Programa.

El abogado Ricardo Urresti, Gerente Operativo de Escuela Abierta, se niega a cubrir las suplencias que se han generado, a contramano de los acuerdos establecidos para tal fin durante el acto público del 6 de Marzo, convenidos por la GO, representantes de la Dirección General de Carrera Docente y de la Junta de Clasificación ad hoc.

De tal modo, las alumnas y alumnos de las escuelas N° 19 DE 2°, 23 DE 1°; 2 DE 11°, 10 DE 14°; 8 DE 18°, 13 DE 18°; 11 DE 18° y 22 DE 18° se ven privados de su derecho a contar con las clases de teatro. Se les suman las escuelas  8, 14 y 18 del DE 20° que por jubilación de la docente, quien revistaba como “reubicación”, quedarán definitivamente sin la formación teatral de sus alumnos ya que la gestión ha dispuesto que no se cubran esas vacantes aunque se desempeñen –como en este caso- frente a alumnos. Así, 11 escuelas y más de 700 alumnas y alumnos de la CABA se encuentran sin clases de teatro, algunas desde el inicio del presente ciclo lectivo.

Las arbitrariedades respecto del desconocimiento de las responsabilidades y funciones de la Coordinación del Programa, la pretensión por parte del abogado a cargo de la GO de ser él quién evalúe y seleccione a los docentes de teatro; el desconocimiento de los criterios profesionales y pedagógicos que durante los 25 años de existencia del Programa se tuvieron en cuenta para la elección del cuerpo docente y las incomprensibles demoras en los nombramientos de suplentes, no sólo van en detrimento de la formación integral de los alumnos de los establecimientos mencionados, sino que también implican un manoseo a las docentes propuestas por la Coordinación, que aguardan por su trabajo.

¿Que son las comunas y la ley 1777?

16.4.2015

Este sábado vení al Anfiteatro del Parque Lezama (Brasil y Balcarce) desde las 16 horas a sacarte las dudas acerca de que votamos el 26 de abril en las comunas.


Será una charla de dos partes:
Primero charla a cargo del Movimiento Comunero para explicar que es la ley 1777 de comunas, alcance y limitaciones de las comunas y rol de los consejos consultivos.

La segunda parte con precandidatos a comuneros de la Comuna 1 (invitamos a todos los partidos) los cuales se presentaran y les haremos las siguientes  preguntas:

1) ¿Motivación para presentarse como candidato/a a la Junta Comunal?
2) Si el GCBA sigue sin traspasar las competencias ni la jurisdicción presupuestaria a la Comuna, ¿qué piensa Usted hacer?
3) ¿Qué va hacer Usted para fortalecer la participación vecinal en el Consejo Consultivo Comunal y para garantizar el proceso participativo de elaboración del presupuesto anual del gobierno comunal en conjunto con el CCC?
4) ¿Cuáles son los 3 principales problemas de la Comuna a los cuales Usted va a tratar de solucionar y cómo?
5) ¿Qué postura tiene respecto del parque?

Es una actividad para conocer a lxs candidatxs y saber quiénes y cómo van a resolver/apoyar las problemáticas e iniciativas barriales durante los próximos 4 años​.
Los esperamos a todxs!


Comisión Vecinal Parque Lezama
Asamblea Parque Lezama

Ley contra la Discriminación en el Empleo

14.4.2015

Se presentó la Ley contra la Discriminación en el Empleo que garantiza y promueve el derecho y la oportunidad de todas las personas a acceder al trabajo y a permanecer en el mismo en forma igualitaria, sin discriminación de ningún tipo. El proyecto de autoría de lxs legisladorxs María Rachid y Jorge Taiana fue acompañado por los legisladores Edgardo Form, Aníbal Ibarra y Fernando Muñoz.

Esta ley prohíbe una serie de prácticas que, si bien están naturalizadas por parte de las empresas, en el fondo encubren prejuicios que reafirman estereotipos discriminatorios. En consecuencia, esta ley prohíbe, entre otras cosas, publicar avisos que requieran de los postulantes características tales como “buena presencia”; segmentar la búsqueda laboral por hombre o mujer; exigir datos sensibles como religión, orientación sexual, identidad de género, composición familiar o solicitar el envío de fotografía; realizar exámenes socioambientales; solicitar estudios médicos previos a la contratación, entre otras cosas. Finalmente, establece una serie de medidas para garantizar su cumplimiento como capacitaciones, mecanismos de sanción y un Observatorio de Igualdad de Oportunidades en el empleo.

“Se reconoce como un derecho humano la oportunidad de buscar, obtener y mantener un empleo sin sufrir discriminación alguna. Es una práctica habitual encontrar en avisos clasificados de periódicos y/o publicados en sitios de internet, ofertas laborales que requieren en lxs postulantes ciertas características relativas al género, origen nacional, edad, estado civil, situaciones familiares y socioeconómicas, lugar de residencia, etc. Dichas prácticas resultan altamente discriminatorias que deben estar prohibidas y sancionadas gravemente por afectar el acceso al empleo y la permanencia en el mismo, así como la dignidad de las personas discriminadas”, expresó la diputada Rachid, impulsora de la ley.

El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) recomendó en 2009 que lxs empleadorxs, las agencias de recursos humanos, etc., terminen con los requisitos discriminatorios en la oferta de puestos de trabajo. Expresó en su Recomendación General Nº 6: “El empleo, además de ser un medio de generación de ingresos, es un medio de desenvolvimiento de la persona. Así, la exclusión de las oportunidades laborales no solo restringe la libertad de las personas para poner en práctica sus potencialidades profesionales, sino que también limita su desarrollo personal”.

Esta ley considera discriminatorio a todo acto u omisión que tenga por objeto o por resultado impedir, obstruir, restringir o menoscabar, arbitrariamente, la igualdad real de oportunidades o de trato en relación al acceso y permanencia en el empleo y a la conclusión de las relaciones laborales bajo pretexto de etnia, nacionalidad, color de piel, nacimiento, origen nacional, lengua, idioma o variedad lingüística, convicciones religiosas o filosóficas, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, identidad de género y/o su expresión, orientación sexual, edad, estado civil, situación familiar, responsabilidad familiar, aspecto físico, discapacidad, condición de salud, perfil genético, situación socioeconómica, condición social, origen social, hábitos personales, sociales o culturales, lugar de residencia, situación penal, antecedentes penales y/o cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social, temporal o permanente, que exceda la idoneidad requerida para el puesto laboral en cuestión y la permanencia en el mismo.

El derecho a no ser discriminadx es un derecho inalienable del ser humano, incorporado en nuestra legislación mediante un marco normativo cuya correcta articulación es fundamental con el fin de determinar su alcance en el derecho laboral.

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