Comunicadores del Sur

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Festejo Contrafestejo 2015

10.10.2015

El domingo 11 de octubre en el Anfiteatro de Parque Lezama en colaboración con la Asamblea del Parque Lezama se realizará el “Festejo Contrafestejo 2015”. Festival al aire libre que en su novena edición promueve y reivindica la identidad y autonomía de las culturas originarias.

Este festival se realiza por noveno año consecutivo, promueve y reivindica la identidad y autonomía de las culturas originarias de nuestra tierra proponiendo su interrelación con expresiones culturales urbanas, autogestivas y populares.

Festival al aire libre, itinerante y gratuito en el que se realizan decenas de actividades en simultáneo:

. Escenario principal con grupos de raíces latinoamericanas, bandas de sikuris, expresiones de baile y canto originarias.

. Contrafestejito, espacio para los niños y niñas donde se desarrollan juegos, talleres y recitales.

. Clases, charlas y talleres de culturas originarias, idiomas como el Quechua, Guaraní, Mapuche, Aymara, tejidos ancestrales, reciclaje, cocina con quínoa, etc.

. Feria, sector abierto a las expresiones artesanales, autogestivas, cooperativas y a la difusión cultural.

“El evento nace en la búsqueda de la mixtura en la que se apoyan un montón de artistas y colectivos culturales para revalorizar las culturas autóctonas de esta tierra, en ese mismo camino es que desde la autogestión se busca la pertenencia de todos estos saberes y valores para el desarrollo de nuestro presente.”

Se inaugura Escuela Popular de formación en género

8.10.2015

La Defensoría LGBT y La Mesa Nacional por la Igualdad tienen el agrado de invitar al acto de lanzamiento de la “Escuela popular de formación en género”, destinada a funcionarios/as, agentes de la administración pública, asesores y militantes sociales/políticos,  que tendrá lugar el día 13 de octubre a las 19hs en el salón Illia. El mismo dará apertura al ciclo de encuentros que se desarrollarán en el  marco del Programa Nacional “Escuelas populares de formación en género” del Consejo Nacional de las Mujeres.

 
Esta iniciativa cuenta con el apoyo del Defensor del Pueblo de la Nación y  la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.  
 
Escuela popular de formación en Género: 6 encuentros presenciales, Martes de 15 a 17hs. 
Comienzo de la escuela: Martes 20 de Octubre. 
Se entregan certificados de asistencia. 
Para más información e Inscripciones: escuela.genero2015@gmail.com
Martes 13 de Octubre a las 19hs en el Senado de la Nación
Salón Illia

Entrevista al referente de Seamos Libres, Marcos Fernández, uno de los impulsores de la Ley de Centros Culturales en CABA

7.10.2015

Por Boris Katunaric

APU: Se aprobó la Ley de Centros culturales en CABA. ¿Cómo lo ve en este momento?

Marcos Fernández: La semana pasada se hizo la segunda votación de la Ley de Centros Culturales. Esta había tenido una primer lectura el 28 de diciembre de 2014 en una sesión extraordinaria con un voto unánime; en aquel momento fueron 56 votos a favor y ninguno en contra. En esta segunda lectura fueron 50 votos a favor y ninguno en contra y quedó definitivamente aprobada. En el medio hubo una audiencia pública, eso es porque necesitaba una doble lectura.

Esta ley regula el funcionamiento de los centros culturales, ya que hasta acá veníamos funcionando con otro tipo de leyes que no nos interpelaban en su integralidad: milongas, peñas, teatros independientes, clubes de música. Leyes que, en todo caso, solo cumplían con un aspecto de lo que realmente somos.

 

APU: En esa primera lectura hubo una especie de acuerdo político donde el gobierno porteño no cerraría centros culturales de la manera sistemática en que lo venía haciendo, sin embargo hubo muchos cierres entre esa primera lectura y esta ¿con la ley en vigencia se evitarían definitivamente estas clausuras sistemáticas?

MF: Eso tiene que ver más con una definición política del gobierno de turno. A nosotros también nos han clausurado post primera votación de esta ley, por lo que creo que no va a dejar de suceder pero porque es parte de una definición política, en este caso, del PRO.

Si hubiera otra definición política más que perseguir, multar y clausurar se tendría una actitud más preventiva y colaborativa. La ley no surgió por una definición del PRO, sino producto de una definición de los espacios en el año en donde más persecución hubo; entre junio y agosto de 2014 tuvimos casi 50 centros culturales clausurados. Lo positivo de esta situación fue que no lograron amedrentarnos, sino que, por el contrario, ante esa política persecutoria desmedida, la respuesta fue de mayores niveles organizativos y de movilización.

La ley, como toda ley, es imperfecta y puede, producto de una voluntad política, servir relativamente. Es una muy buena ley y dependerá del Ejecutivo porteño y de la agencia gubernamental de control cuan estrictos sean y qué definición tengan de los centros culturales y cómo colaboren con el proceso de adecuación de la ley.

PROYECTO DE LEY FEDERAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE LA VIVIENDA FAMILIAR

7.10.2015

PROPUESTAS Y APORTES PARA EL DEBATE

Desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad celebramos el proyecto de “Ley Federal de Regularización Dominial de la Vivienda Familiar” (Proyecto de Ley N° 12-PE-2015)recientemente presentado por el Poder Ejecutivo Nacional en la Cámara de Diputados de la Nación que tiene el propósito de regularizar "la situación de más de medio millón de familias de la Argentina".

 

Consideramos que la iniciativa brinda herramientas fundamentales para avanzar en los procesos de integración de los barrios que no se encuentran registrados formalmente e impulsar procesos de urbanización que mejoren las condiciones de vida de cientos de miles de familias a lo largo del país.

 

En este sentido, BRINDAMOS PLENO APOYO AL PROYECTO y por eso generamos un documentocon el objetivo principal de generar propuestas y aportes para enriquecer este debate tan trascendente (se encuentra adjunto al mail).

 

El mismo fue entregado a asesores de los diputados que participaron del tratamiento del proyecto de ley en comisiones conjuntas el 6 de octubre de 2015 (Vivienda y Ordenamiento Urbano, Legislación General y Presupuesto y Hacienda), al titular de la Secretaría Nacional de Acceso al Hábitat y será presentado formalmente en la Cámara de Diputados en los siguientes días.

 

Invitamos a militantes sociales, integrantes de organizaciones de la Sociedad Civil, movimientos, redes y agrupaciones que luchan y participan en espacios en los que se reclama por el derecho al hábitat y la vivienda, a que acompañen esta iniciativa y puedan acercarnos devoluciones y comentarios relacionados con el documento.

 

El proyecto ya está siendo tratado en el Congreso y su inminente sanción nos lleva a trabajar con urgencia a fin de que se logren estrategias integrales para abordar la multicausalidad de la problemáticas con el mayor debate y reflexión posibles.

 

 

LA JUSTICIA ORDENA QUE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES GARANTICE EL USO DE LA TRIBUNA POPULAR POR PARTE DE LA CIUDADANÍA

 

La Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acaba de ordenar a la Legislatura de la Ciudad a que adopte todas las medidas necesarias para arantizar el ejercicio inmediato de la Tribuna Popular en la Legislatura.

 

Desde la ReD INTERPARQUES con el patrocinio del OBSERVATORIO DEL DERECHOA LA CIUDAD acudimos a la Justicia de la Ciudad porque la Legislatura de la Ciudad hace más de 15 años que impide a los ciudadanos hacer ejercicio de la Tribuna Popular.

 

Durante el 2014 la Red Interparques y Plazas realizó una fuerte campaña llamada 'Parques Sin Bares' en el marco del debate por el proyecto de ley impulsado por el PRO y apoyado por legisladores de FAUNEN para la instalación de bares en parques. Como parte de esta campaña y haciendo uso de nuestro derecho como ciudadanos solicitamos el uso de tribuna popular el día en que se votaba dicha ley. Nuestro derecho fue violado, no nos permitieron hablar y, por esta razón, presentamos la acción de amparo.

 

La Tribuna Popular es un derecho que permite a cualquier persona efectuar planteos en forma previa a las sesiones de la Legislatura sobre temas de especial interés para la Ciudad. Es decir, las personas que soliciten hacer uso de la Tribuna Popular podrían expresar sus posiciones, ideas, problemas o propuestas a la totalidad del Cuerpo Legislativo, a todos los legisladores de la Ciudad reunidos para iniciar una sesión legislativa.

 

Este derecho se encuentra reconocido en los arts. 76 y 77[1] del Reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad y son operativos del art. 1 de la Constitución de la Ciudad que establece la Ciudad "organiza sus instituciones autónomas como democracia participativa". La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires negó el ejercicio de este derecho con el argumento de que no se encontraba reglamentado y durante quince (15) años se presentaron distintos proyectos de reglamentación que no fueron tratados ni aprobados en el recinto.

 

La Sala III de la Cámara en los Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, con el excelente voto mayoritario de los Dres. Hugo Zuleta y Gabriela Seijas,  en los autos caratulados “GARCIA MAURICIO HERNAN CONTRA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BS AS SOBRE AMPARO”, Expte. N° A3638-2014/0, dictó sentencia haciendo lugar al amparo iniciado por Mauricio H. García (integrante de la Asamblea Interparques) y ordenó a la Legislatura de la Ciudad que adopte las medidas necesarias para garantizar el ejercicio inmediato de la Tribuna Popular regulada en los artículos 76 y 77 del Reglamento Interno de la Legislatura.

 

Entre los considerandos de la sentencia expresó:

 

"El Máximo Tribunal ha reconocido a todo ciudadano una legitimación amplia para impugnar actos y normas en aquellas situaciones excepcionales en que se pone en juego la esencia de la forma republicana de gobierno. En el caso el debate involucra el alcance de instituciones constitucionales básicas, lo que no se ve disminuido porque el derecho lesionado tenga como fuente un reglamento de la Legislatura

Todo ciudadano está habilitado para promover acción de amparo tendiente a que la legislatura implemente de manera efectiva los derechos que prevé su reglamento interno, atento a que la omisión en esa materia priva de operatividad a normas que regulan el derecho a la participación pública en un Estado organizado como “democracia participativa”.

 

"¿Se encuentra obligada la Legislatura a cumplir su  reglamento? 
El juez de grado, el representante de la Legislatura y el Fiscal ante la Cámara entienden que no. (…) Sabido es que el Estado de Derecho se caracteriza no sólo por el reconocimiento y la tutela de los derechos fundamentales, sino también por la forma en que ese objetivo se alcanza, esto es, sometimiento del Estado a la ley. El núcleo del principio del Estado de Derecho es que todas las personas y autoridades dentro del Estado, públicas o privadas, están obligadas a cumplir y tienen derecho a los beneficios de las leyes sancionadas. Nadie está por encima de la ley y todos están sujetos a la misma ley, administrada por los mismos tribunales. (…)El cuerpo legislativo puede darse su propio reglamento y debe cumplirlo. Si la norma prevé que los habitantes de la Ciudad tienen derecho a participar en las sesiones de la legislatura mediante el instituto de la Tribuna Popular, ese derecho importa correlativas obligaciones para las autoridades de la Legislatura, quienes deben garantizar su ejercicio."

 
"En síntesis, el reglamento interno de la legislatura es norme vigente, y prevé el derecho a participar del debate en sesión plenaria mediante el instituto de la Tribunal Popular. La negativa a implementar esta posibilidad fundada en la omisión de la reglamentación viola los límites razonables para demorar la puesta en vigencia efectiva de las normas. El incumplimiento de la obligación de la legislatura  de implementar lo necesario para poner en ejecución su propio reglamento interno en un lapso excesivamente prolongado configura una conducta ilegal y carente de justificación".


Desde la Asamblea Interparques sostenemos que el mal manejo de las plazas y parques de la Ciudad, el constante sacrificio de los espacios verdes, y la restricción al uso del espacio público tiene entre sus principales causas el impedimento de que la ciudadanía pueda participar en la toma de decisiones respecto a los espacios públicos y verdes. Por eso iniciamos esta acción judicial para profundizar la democracia participativa y que podamos llevar nuestras peticiones y reclamos sobre el estado de los espacios públicos a la Legislatura de la Ciudad.

 

 

[1] En el art. 76 del Reglamento Interno de la Legislatura, titulado "Tribuna Popular" se dispone que "(l)a Tribuna Popular permite efectuar planteos en sesión plenaria, sobre temas de especial interés para la Ciudad, por parte de organizaciones no gubernamentales y personas que resulten autorizadas de acuerdo con la Resolución que reglamente su ejercicio. (modificado por Resolución Nº 1-Junta de Interpretación y Reglamento-98).

El art. 77 establece que "(l)as manifestaciones son de 10 a 15 minutos, con intervención, posteriormente, de cada uno de los Bloques, de 5 (cinco) minutos. (modificado por Resolución Nº 1-Junta de Interpretación y Reglamento-98)

Solicitaron enjuiciar a los tres policías imputados en el asesinato de Marcelo Montenegro

6.10.2015

La Fiscalía Criminal de Instrucción N° 14 solicitó al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 38, a cargo de Susana Wilma López, la elevación a juicio de la investigación contra los policías Emmanuel Alejandro Díaz, Mario Nicolás Medina y Diego Marcelo Calderón – efectivos de la comisaría 48 de la ciudad de Buenos Aires-, por el asesinato del joven Marcelo Montenegro. Por Asociación Miguel Bru

Esta solicitud se suma al pedido impulsado por la querella, desde la Asociación Miguel Bru (AMB) a través del abogado Nahuel Berguier La causa se encuentra de este modo en las puertas del juicio oral y público en el que se podrá echar luz sobre el accionar criminal por parte de los policías involucrados en los hechos. Tras más de tres años de lucha por parte de Rosa, la mamá de Marcelo, y de la AMB se pondrá sobre debate lo ocurrido la noche del 7 de julio de 2012. El caso de Marcelo Montenegro da cuenta de cómo es el accionar del sistema judicial, que muchas veces convalida acriticamente las faltas policiales.

Después de muchos reveses judiciales, de que los policías fueran sobreseídos y de que la causa cambiara de juzgado, por fin los efectivos fueron procesados.

La noche del 7 de julio de 2012 Marcelo Montenegro viajaba en un Renault Twingo junto a un amigo. Comenzaron a ser perseguidos por efectivos de la comisaría 48 – supuestamente por ser sospechosos de un robo-, y en la intersección de la Avenida Piedra Buena y Saraza el auto en el que viajaban los jóvenes chocó contra un paredón. Una bala disparada por los policías atravesó el baúl, el asiento trasero del auto y fue a parar directo al tórax de Montenegro. La autopsia también determinó que Marcelo tenía una herida de paso de proyectil sobre los labios, una herida que no concuerda con la dirección de los tiros durante una persecución. No se encontró el supuesto arma que portaba Montenegro, y el registro del sistema de radio de los patrulleros dio cuenta de que el tiroteo fue avisado por los policías después de las comunicaciones relativas a la persecución y el choque del Twingo.

Díaz, Medina y Calderón son los tres oficiales de la comisaría 48 de la ciudad de Buenos Aires, que se encuentran procesados por el delito de homicidio agravado “por ser miembros de una fuerza policial y haber abusado de sus funciones”.

”Después de muchos años de trabajo esperamos que por fin la familia de Montenegro encuentre justicia y las respuestas a la lucha que sostienen para saber toda la verdad de cómo murió Marcelo”expresó Rosa Bru, presidenta de la AMB.

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