Informe: El nuevo organigrama de vivienda en la Ciudad de Buenos Aires
12.2.2016
Reproducimos informe:
REESTRUCTURANDO EL DERECHO A LA VIVIENDA
La Ciudad de Buenos Aires cuenta con diversos organismos dependientes de distintos ministerios que tienen competencia en materia de vivienda. Estos organismos han implementado políticas habitacionales en forma desarticulada, tanto territorial como institucionalmente, determinando una alta ineficiencia, dada la fragmentación de funciones y la incapacidad de aplicar políticas urbanas integradoras.
La nueva Ley de Ministerios de la Ciudad (Ley N° 5.460), sancionada el 3/12/15, no resuelve sino que profundiza y consolida los problemas de desarticulación institucional, ya que incrementa la fragmentación de funciones y responsabilidades existente respecto de los organismos que tienen a su cargo cuestiones relativas a la vivienda y el hábitat. Por ello, el presente informe se propone servir de guía para aquellos que trabajan con problemas de acceso a la vivienda –o quienes simplemente quieran entender el tema-, de manera que pueda comprenderse con mayor claridad el nuevo organigrama del GCBA y cuáles son las nuevas competencias de cada organismo para que, de esta manera, puedan canalizar los reclamos con mayor eficiencia. Entender cuáles fueron las fallas del modelo anterior y las que parecen replicarse en el actual, es una herramienta que nos ayuda a pensar políticas que no repitan errores del pasado.
El organigrama dispuesto por la actual gestión de gobierno del Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, a través de la Ley N° 5460 de Ministerios y su decreto reglamentario N° 363/2015 vino a profundizar la cantidad de organismos que tienen bajo su competencia atender la emergencia habitacional de la Ciudad de Buenos Aires agravando los aspectos negativos institucionales en cuanto a la gestión anterior.
En el informe detallamos las siguientes CONCLUSIONES del nuevo organigrama:
· Al finalizar la anterior gestión atención de la cuestión habitacional había quedado concentrada bajo la competencia del Ministerio de Desarrollo Económico y las situaciones de extrema emergencia en cabeza del Ministerio de Desarrollo Social. Estos últimos Ministerios desaparecieron en la actual gestión y los organismos que se encontraban bajo sus esferas fueron distribuidos en diversos Ministerios:
1.El IVC del Ministerio de Desarrollo Económico pasó al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
2.La SSHI (Ex Sechi) pasó del Ministerio de Desarrollo Económico al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.
3.La Corporación Buenos Aires Sur S.E. del Ministerio de Desarrollo Económico pasó al Ministerio Modernización, Innovación y Tecnología.
Claramente los organismos concentrados bajo un sólo Ministerio ahora se encuentran en tres (3) ministerios distintos. En la gestión anterior bajo un mismo Ministerio no se logró ningún tipo de coordinación o trabajo conjunto entre éstos organismos. Dicha coordinación parece más remota de acuerdo al esquema actual.
· Es un paso importante la creación de un Ministerio del Hábitat. Lamentablemente este avance no fue acompañado con la concentración de los programas y organismos que tienen por objeto atender la cuestión habitacional bajo su órbita. Se creó un Ministerio cuyo nombre en apariencia muestra que tendrá bajo su jurisdicción todas las políticas de hábitat (o, por lo menos, las habitacionales) pero en su interior sólo unos cuantos organismos estarán bajo su coordinación.
· Las competencias habitacionales del Ministerio de Desarrollo Social quedaron en el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Hasta el momento, las soluciones habitacionales transitorias de emergencia que brindaba el Ministerio de Desarrollo Social a las personas en situación de calle nunca fueron conectadas con los programas encargados de brindar soluciones habitacionales definitivas. Esta desconexión se fundaba en que los organismos que brindaban las soluciones definitivas no se encontraba bajo el mismo Ministerio que el que otorgaba soluciones transitorias. Situación reconocida por propios funcionarios del GCBA. Ahora que se encuentran organismos encargados de otorgar ambas soluciones bajo el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano es la oportunidad para cumplir cabalmente con la ley N° 4.706 que obliga a brindar una atención integral a las personas en situación de calle, entre ellas, una solución habitacional definitiva.
· Nuevamente la urbanización de la Villa 31-31 bis queda en manos de un nuevo organismo. En el año 2010 a través del Decreto 495/2010 se creó el "Programa de Mejoras para las Villas 31 y 31 bis" en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Con posterioridad este programa pasó a la órbita de la SECHI. Ahora, en el nuevo organigrama, a la actual Jefatura de Gabinete de Ministros se le atribuyó la competencia de “diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas vinculados a la regularización y urbanización de la villa 31 y 31 bis"[1] a través de la Secretaría de Integración Social y Urbana . Esta postura indica el grado de importancia y prioridad que la urbanización de la Villa 31-31 bis tendrá para la nueva gestión. La situación de que los organismos que tendrán a su cargo la urbanización de la totalidad de las villas no actúen respecto a la urbanización de la Villa 31-31 bis, podrá generar que se apliquen criterios o modelos de urbanización distintos o contradictorios.
· El Instituto de Vivienda ha manifestado a través de su actual presidente, Pablo Roviralta, en reuniones con familias de la Villa 20, que volverá a tener directa injerencia en las villas de la Ciudad. Cabe recordar que en la gestión anterior, el IVC había delegado la cuestión de las villas a la Corporación Buenos Aires Sur S.E., a la SECHI y a la UGIS. También este funcionario ha manifestado que su futura intervención se hará en coordinación con la SSHI que se encuentra bajo otro Ministerio. La SSHI seguramente continuará con el Modelo Medellín[2] de urbanización de villas que implementó la SECHI. Al contrario a lo que indica este modelo, el IVC anunció que su prioridad serán las obras de infraestructura de servicios públicos.
· Constituye una novedad la creación de la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza-Riachuelo (CUMAR) y la Unidad de Proyectos Especiales Área Metropolitana de Buenos Aires (APEAMBA) que necesariamente deberán coordinar con otros organismos que tienen bajo su órbita territorios coincidentes. Este es el caso de la Corporación Buenos Aires Sur S.E. que tiene competencia sobre toda la zona sur de la Ciudad que coincide con el área de la Cuenca Matanza Riachuelo.
[1] Art. 16 inciso 18 de la Ley N° 5.460.
[2] El Modelo Medellín entiende como reurbanización de un asentamiento informal principalmente el acondicionamiento de los espacios públicos y la construcción de grandes infraestructuras destinadas a equipamiento comunitario, productivo, educativo o comunitario.
"OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA CIUDAD"